
Unión de hecho en Ecuador: registro y efectos legales
La unión de hecho es la convivencia estable y monogámica entre dos personas libres de vínculo matrimonial, reconocida por el Art. 222 del Código Civil. Una vez registrada, tiene efectos legales muy similares al matrimonio civil.
Requisitos
- Ser mayores de 18 años
- No tener vínculo matrimonial vigente (solteros, viudos o divorciados)
- Convivencia estable y monogámica, generalmente de al menos 2 años continuos
Cómo registrarla
Se puede formalizar por acta notarial (cuando hay acuerdo entre la pareja) o mediante sentencia judicial (cuando se requiere acreditar la convivencia con pruebas, como en el caso de fallecimiento de uno de los convivientes). Con la sentencia o acta notarial, se inscribe en el Registro Civil.
Costos referenciales: registro en el Registro Civil (~$50), certificado de registro con vigencia de 45 días (~$3), cédula con unión de hecho (~$15). Verifica los valores vigentes directamente en el Registro Civil, ya que pueden actualizarse.
Efectos legales
- Se crea automáticamente una sociedad de bienes, similar a la sociedad conyugal del matrimonio
- Derechos sucesorios (herencia) equivalentes a los del matrimonio civil
- Derecho a pensiones de viudez y otras compensaciones de seguridad social
Preguntas frecuentes
¿La unión de hecho aplica a parejas del mismo sexo?
Sí, la normativa reconoce la unión de hecho entre parejas del mismo sexo que cumplan los mismos requisitos.
¿Qué pasa si uno de los convivientes falleció sin registrar la unión?
Puede acreditarse judicialmente, aunque el proceso es más complejo, ya que se debe probar la convivencia mediante testimonios, fotografías u otros documentos.
¿Cómo se registra una unión de hecho realizada en el extranjero?
Se necesita el documento apostillado o legalizado (y traducido, si corresponde), presentado ante el Registro Civil o el consulado ecuatoriano.
Este artículo es informativo y no sustituye la consulta con un abogado especializado para tu caso concreto.